(Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PCSJA20-11532, 04/11/2020 )
El Consejo Superior de la Judicatura, por medio del Acuerdo PCSJA20-11532, prorrogó las medidas de suspensión de términos judiciales en el territorio nacional, desde el 13 de abril y hasta el 26 de abril del 2020. Igualmente, amplió sus excepciones y adoptó otras medidas por motivos de salubridad pública. Acorde con ello, las siguientes excepciones a la suspensión de términos continuarán rigiendo: i) acciones de tutela y habeas corpus: se dará prelación en el reparto a las acciones de tutela que versen sobre derechos fundamentales a la vida, a la salud y a la libertad. Su recepción se hará mediante correo electrónico dispuesto para el efecto, y para su trámite y comunicaciones se hará uso de las cuentas de correo electrónico y herramientas tecnológicas de apoyo; ii) las actuaciones que adelante la Corte Constitucional con ocasión de la expedición de decretos presidenciales y iii) las actuaciones que adelanten el Consejo de Estado y los tribunales administrativos con ocasión del control inmediato de legalidad que deben adelantar acorde con sus competencias (artículo 20 de la Ley 137 de 1994 y artículos 111-8, 136 y 151-14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), entre otras. Conozca todas las medidas en el documento adjunto