(Mintrabajo, Concepto 18889, 04/24/2020 )

En reciente concepto, el Ministerio del Trabajo precisó que no es permitido obligar a los trabajadores a solicitar y acceder a tomar licencias no remuneradas so pretexto de mantener el empleo, pues esta práctica, además de ser ilegal, afecta dolorosamente la vida del trabajador y su familia, al no poder contar con ingresos suficientes para atender la actual crisis. De otra parte, recordó que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 333 de la Constitución Política, las empresas tienen una función social que les implica obligaciones, siendo una de ellas propender por el bienestar de los trabajadores, cuyo mínimo vital y móvil y la seguridad social son derechos conexos a la vida y salud tanto de ellos como de sus familias. Por lo tanto, la opción de solicitar una licencia no remunerada debe provenir libre y voluntariamente del trabajador, sin que el empleador tenga injerencia, interés o iniciativa en concederla.

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