(Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia STC-17832020 (47001221300020190036901), 02/20/2020 )
La motivación de las sentencias constituye un imperativo que surge del debido proceso, cuya finalidad consiste en brindar el derecho a las partes e intervinientes de asentir o disentir de la actividad intelectual desplegada por el juez natural frente al caso objeto de controversia, razón por la cual esta debe ser, para cada caso concreto, suficiente. Recientemente, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia reiteró que se vulnera el derecho fundamental al debido proceso por obra de sentencias en las que, a pesar de la existencia objetiva de argumentos y razones, la motivación resulta ser notoriamente insuficiente, contradictoria o impertinente frente a los requerimientos constitucionales (M. P. Luis Alonso Rico).