Crean mecanismo de financiación para empresas de servicios públicos que difieran pago de facturas
(Minvivienda, Decreto 528, 04/07/2020 )
Mediante el Decreto 528, el Gobierno creó una disposición legal que permite a las prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo diferir por un plazo de 36 meses el cobro del cargo fijo y del consumo no subsidiado a los usuarios residenciales de estratos 1 y 2, por los consumos causados durante los 60 días siguientes a la declaratoria de la emergencia económica, sin que puedan trasladarle al usuario final interés o costo financiero por el diferimiento del cobro. Sin embargo, la norma advierte que lo anterior será obligatorio solo para los prestadores si se establece una línea de liquidez para estos a una tasa de interés nominal del 0 %, por el mismo plazo al que se difiere el cobro de dichos consumos. En caso de que alguno de los prestadores requiera la constitución de garantías, podrá utilizar para esto, entre otras, las siguientes: (i) la cesión de la porción no subsidiada...