EPS deben evaluar capacidades socioeconómicas de los pacientes al determinar los tratamientos médicos
(Corte Constitucional, Sentencia T-474, 10/11/2019 )
Un adulto mayor de 88 años de edad que, en virtud de su cuadro médico, requería de oxígeno permanente y a quien, por esa razón, le fue suministrado por su EPS un concentrador eléctrico, cuyo costo incrementó en un 100 % el valor del servicio domiciliario de luz, acudió a la acción de tutela para lograr que el suministro del gas fuese a través de pipetas o, en su defecto, le fuese reconocido un subsidio a cargo de la entidad para cubrir el costo adicional. Tras evidenciar las precarias condiciones económicas del accionante, la Corte Constitucional ordenó la práctica de una evaluación técnica y jurídica, para establecer la mejor forma de prestar los tratamientos médicos requeridos, mediante la utilización de pipetas o a través del pago de un determinado monto económico, todo con el objeto de evitar que las condiciones económicas del paciente se conviertan en una barrera para materializar el derecho a la salud....