(Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Auto AP-36392019 (54994), 08/27/2019 )
No se configura el delito de calumnia por atipicidad subjetiva cuando el sujeto activo obra con la convicción errada y superable de que las sindicaciones delictivas e imputaciones deshonrosas genéricas eran ciertas. Así lo precisa un auto reciente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al reiterar que el buen nombre y la honra se encuentran protegidos como categorías de la integridad moral, mediante los tipos penales de injuria y calumnia (M. P. Luis Antonio Hernández).